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Una BANDA que causa FURIA: Los BARRICKTURROS

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El juez de 3ª Nominación, Pablo Farah, procesó a 15 personas como "penalmente responsables de los delitos de turbación de posesión en concurso ideal con resistencia a la autoridad, agravado por la participación de un menor".



La comunidad Lules y el conflicto con el Jockey Club.
    
La acusación por la cual se dispuso el procesamiento tiene su antecedente en los hechos del 20 de enero de 2010 cuando miembros de la comunidad indígena Los Lules "atacaron a operarios del Jockey Club de Salta que pretendían realizar trabajos en un predio ubicado en el kilómetro 1 de Finca Las Costas, arrojándoles piedras, amenazándolos y dañando una manguera de combustible y una rueda del tractor".

Aunque en su resolución el juez sostuvo que el procesamiento responde a los hechos de violencia, también hace referencia que la acción de los Lules tuvo lugar "pese a una orden judicial que prohibía al cacique de la comunidad, realizar actos que impidieran el ingreso y/o egreso o mantenimiento en el inmueble matrícula 149.889, a directivos y personal dependiente y/o contratado del Jockey Club de Salta". Lo que al menos se omitió decir en la comunicación de prensa que da cuenta de este procesamiento es que esta medida fue anulada por los integrantes de la Sala III de la Cámara de Acusación por entender que se pasó por alto el derecho a defensa de los miembros de la comunidad.

La resolución de Farah explicita que "el procesamiento en modo alguno va a determinar la propiedad o posesión de las tierras de Finca Las Costas en favor de alguna de las partes en litigio", sino que se trata de "un juicio de reproche penal en grado de probabilidad respecto de los hechos de violencia verificados en el lugar en fecha 20/01/10".

Reiteró que "no se discute en esta sede penal, toda vez que resulta una cuestión extraña a la competencia material de esta instrucción, la cual tiene por objeto la investigación preliminar de los hechos de violencia suscitados en la fecha aludida.

El derecho de propiedad que reclaman los miembros de la comunidad indígena `Los Lules`, por su calidad de pueblo originario, deberá hacerse valer a través de las vías judiciales pertinentes y por ante el fuero civil respectivo, ya que resulta el ámbito jurisdiccional idóneo para reclamar la titularidad sobre las tierras que entienden les pertenecen".
http://www.nuevodiariodesalta.com.ar/diario/imprimir.asp?id=42351

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MARCHA DE LOS PUEBLOS 9/12/11

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